Los 4 documentos imprescindibles para iniciar una herencia (y por qué conviene empezar solo por aquí)

Gestionar una herencia no es solo un trámite jurídico. Es un proceso que llega en un momento emocionalmente sensible, donde lo último que necesitas es ir pidiendo “papeles” sin saber cuál es realmente importante y cuál no.

Por eso, antes de complicarse con documentos innecesarios o pasos que no bloquean nada, conviene empezar por lo esencial.

Estos son, de forma práctica y realista, los cuatro documentos que permiten iniciar cualquier herencia sin retrasos.

  1. Certificado de Defunción
    Es el documento que abre cualquier trámite sucesorio. Sin él no podemos pedir Últimas Voluntades ni mover absolutamente nada. Lo entrega normalmente el tanatorio, aunque también puede pedirse en el Registro Civil. Consejo práctico: haz copia digital. Te lo pedirán más veces de las que imaginas.
  2. Certificado de Últimas Voluntades
    Este certificado nos dice si existe testamento y, si lo hay, en qué notaría. Solo puede solicitarse una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento.
    Si hay testamento, lo pediremos a esa notaría. Si no lo hay, iniciaremos una declaración de herederos.
    Conjeso: controla los plazos y solicitalo el primer día posible, esto agilizará muchísimo la herencia.
  3. Testamento (copia simple)
    Para arrancar no necesitamos la copia autorizada. Con la simple es suficiente. La autorizada se usará más adelante en notaría, en la aceptación y adjudicación. Si urge avanzar, incluso sin tener la autorizada, el notario puede solicitarla directamente.
  4. Certificado de posiciones bancarias
    Probablemente el documento que más tiempo de espera genera. Los bancos tardan y mucho. Pero es imprescindible para saber exactamente qué bienes y productos financieros tenía el fallecido a fecha de fallecimiento: cuentas, fondos, depósitos, planes… Lo necesitamos para elaborar el inventario, calcular la masa hereditaria y preparar impuestos.
    Importante! debes solicitar un certificado en cada banco o entidad.

¿Faltan documentos? Sí, pero no para empezar.

A partir de estos cuatro, se irán necesitando otros según el caso:
notas simples, valores de referencia, recibos de IBI, certificados de deuda, informes de vehículos, pólizas… pero ninguno de ellos impide iniciar la herencia.

Lo esencial es empezar con estos cuatro, tener una fotografía clara de la situación y, desde ahí, construir el expediente sucesorio sin perder tiempo (ni plazos fiscales).

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